Laia Vergés

Abogada de familia

Divorcios internacionales
21/07/2023

 

En el ambiente de las salas de reuniones de abogados se respira cierto aire de confidencialidad para tranquilizar y contentar al máximo a los clientes que por ellas pasan.
En mi última reunión se respiraba un poco distinto y un poco de todo: margaritas, fruta madura al sol, tubos de escape, patatas fritas de máquina y Axe de un ciclista, todo mezclado por la agradecida brisa de julio que los árboles nos regalaban en su vaivén callejero. Y es que no todos los días la vida le lleva a una a reunirse un mediodía en pleno mobiliario urbano, con traductor improvisado de bengalí.

El “paqui” de al lado de casa (que en este caso no es de Pakistán pero no siempre es así) sabe de mi profesión y le ha parecido más fácil confiar en “esa señora que los domingos suele hacer cenas improvisadas a base de bikinis y/o mallorquines”. Aquí la señora presente, contenta y halagada, tiene en sus manos un tema que seguro la hará investigar y estudiar: el divorcio de un matrimonio celebrado en Bangladesh pero con residencia habitual, al cabo de unos años, en España. ¿Régimen económico que rige? El del lugar de la celebración del matrimonio donde vivieron inmediatamente después de la celebración: Bangladesh.

¿Ley aplicable? La ley de la residencia habitual: Residen en Barcelona.
¿Documentación que necesito? El certificado de matrimonio original del Registro de Bangladesh, con autenticación de la embajada y la correspondiente traducción jurada ….casi nada. Las caras del traductor improvisado no tienen desperdicio.
 
Ser autónoma hace que nunca sepas de dónde vendrán los temas que acabarás llevando. La ventaja de ser uno mismo sin pretender ser otro mas que tú te acerca a la humanidad de esta forma: apacible y sincera. 

As-salam aleikum

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